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Países · Guatemala · Guía normativa

Importar una impresora 3D a Guatemala: qué se paga

Sobre el costo de importar una máquina circulan dos errores opuestos. Uno dice que aquí no se paga nada porque el arancel es cero; el otro, que te van a cobrar una barbaridad por culpa de un impuesto llamado IPRIMA. Los dos parten de algo cierto y terminan en algo falso: el arancel sí es cero, pero el IVA no; y el IPRIMA no grava máquinas, grava vehículos. La cuenta real es la más simple de toda Centroamérica y casi nadie la publica entera.

Actualizado: julio 2026 Lectura: 9 minutos Por Sergio Brito Vázquez · Taller Ruta 3D

Verificado el 23 de julio de 2026

Los números salen del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), vigente por la Resolución 450-2021 (COMIECO-EX); del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) en su régimen de importación menor; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, Decreto 27-92 del Congreso, que fija el IVA en 12 %; del Decreto 70-94, Ley de Actualización Tributaria, que define el IPRIMA como impuesto a la primera matrícula de vehículos; y de los regímenes de importación menor publicados por la SAT. Antes de comprar, confirma la clasificación y el régimen del día en el portal de la SAT. Esto es información, no asesoría aduanera.

En corto
  • Una impresora 3D paga 12 % de su valor CIF: arancel 0 % en el SAC e IVA del 12 % por el Decreto 27-92.
  • El IPRIMA no te toca: grava la primera matrícula de un vehículo automotor terrestre, no las máquinas de la partida 84.85.
  • El régimen de importación menor conserva un umbral de USD 500 por operación por debajo del cual no se pagan tributos.
  • El agente aduanero lo decide la modalidad, no el monto: por courier es optativo; por importación definitiva, obligatorio desde el primer dólar.
Palets de madera apilados fuera de una nave de almacenamiento
Palets preparados junto a un almacén, parte de la infraestructura física de la logística de carga. «Stacks of wooden pallets outside a warehouse», de Sergej Karpow, Unsplash, Unsplash License. Adaptada: redimensionada y convertida a WebP.

12 % del valor CIF: la cuenta más simple de la región

Empecemos por el final. Una impresora 3D que entra a Guatemala por la vía formal paga 12 % de su valor CIF en tributos. Ni cero ni un tercio ni una cifra rara con decimales: doce por ciento, sin más, y así para una impresora de filamento como para una cortadora láser.

Ese número, que es de los más limpios que hay en la región, sale de dos piezas:

  • El arancel (DAI) es 0 %. Las máquinas de fabricación aditiva y las de corte por láser entran libres de derechos arancelarios en el Sistema Arancelario Centroamericano, igual que en Costa Rica, El Salvador, Honduras y Nicaragua.
  • El IVA es 12 %, por el artículo 3 del Decreto 27-92, y se calcula sobre el CIF más el arancel. Como el arancel es cero, la base vuelve a ser el CIF pelado y la operación queda en un 12 % redondo.

La cuenta, con un valor CIF de USD 1 000 para que se vea:

Concepto Cálculo Monto
Valor CIF Mercancía + flete + seguro USD 1 000,00
Arancel (DAI) 0 % 0 % de 1 000 USD 0,00
Base del IVA 1 000 + 0 USD 1 000,00
IVA 12 % 12 % de 1 000 USD 120,00
Total de tributos 0 + 120 USD 120,00 · 12,00 %

Aquí no hay decimal que descifrar. La diferencia con Costa Rica, donde el número sale a 14,13 %, no es el IVA —allí es 13 y aquí 12— sino que Guatemala no tiene un impuesto interno del 1 % tipo Ley de Emergencia Nacional que se cuele encima del CIF. Lo que en Costa Rica es arancel cero más 1 % más 13 % sobre todo junto, aquí es arancel cero más 12 % sobre el CIF pelado. Más simple y más barato.

Hay que decir, porque toca, que esta es la cuenta cuando la máquina entra por la vía formal y te pasas del umbral. Una impresora doméstica de entrada puede no llegar a esa cuenta de ninguna de las maneras, y eso es lo siguiente.

La trampa del IPRIMA: el impuesto que no te toca

Si has usado una calculadora aduanera genérica para estimar tu importación, es muy probable que el resultado te haya asustado. Suelen devolver un número que ronda el 20 %, a veces más, y traen una línea llamada «IPRIMA» con un porcentaje que pesa casi tanto como el IVA. Esa línea es la trampa más cara que circula sobre la importación en Guatemala, y es fácil de desactivar.

El IPRIMA, Impuesto Específico a la Primera Matrícula, está definido en el Libro II del Decreto 70-94, la Ley de Actualización Tributaria. Su hecho generador es la primera inscripción en el Registro Fiscal de Vehículos de un vehículo automotor terrestre. La tasa va del 5 % al 20 % según tipo de vehículo y antigüedad, y por eso las calculadoras que se diseñaron para carros lo suman por defecto: en su tabla es el concepto que más pesa.

Ojo con esto

El problema es que una impresora 3D no es un vehículo automotor terrestre, ni una máquina láser lo es, ni los filamentos ni las resinas. Cuando la calculadora aplica el IPRIMA a uno de esos envíos, está resolviendo una pregunta distinta a la que tú le hiciste. El número que devuelve es correcto para un carro usado y falso para tu máquina. Y la diferencia entre ese número y la cuenta real de arriba es, justamente, el IPRIMA completo.

La prueba práctica es sencilla: si una liquidación o una herramienta te cobra IPRIMA por una impresora, la clasificación arancelaria está mal y conviene revisarla antes de pagar. No es que el IPRIMA tenga una excepción para máquinas: es que nunca estuvo en su hecho generador. Para la SAT, una impresora 3D pertenece a la partida 84.85 del SAC, que es de máquinas, no a la partida 87, que es de vehículos. Son mundos arancelarios distintos.

En qué código entra tu máquina, y el que se confunde siempre

El Sistema Arancelario Centroamericano usa la partida 84.85 para las máquinas de fabricación aditiva y la subdivide por el material que depositan. Las cinco líneas están a 0 %, igual que la de las máquinas que operan mediante láser. La estructura es idéntica a la de Costa Rica, porque el SAC es centroamericano y no guatemalteco.

Máquina Código Arancel
Impresora de filamento (FDM) 8485.20 0 %
Impresora de resina 8485.80 0 %
Impresora de metal 8485.10 0 %
Depósito de yeso, cemento, cerámica o vidrio 8485.30 0 %
Línea de cierre de la partida 8485.90 0 %
Máquina de corte o grabado láser 8456.11 0 %

El error que se repite es el mismo de toda la región y está en la fila de la resina. Mucha gente clasifica una impresora de resina en 8485.30 porque la palabra «cerámica» les suena a algo endurecible, y esa línea es para máquinas que depositan yeso, cemento, cerámica o vidrio: nada que ver con un fotopolímero curado por luz. Una impresora de resina va en 8485.80, la línea de las demás máquinas. Si todavía estás decidiendo qué tipo de máquina te conviene, la diferencia entre lo que sale de cada una la explicamos en impresora de resina o de filamento, y los materiales, en tipos de resina para impresión 3D.

La buena noticia, igual que en Costa Rica, es que equivocarte de línea dentro de la 8485 no te cambia el arancel, porque las cinco están a cero. La mala es que una clasificación incorrecta en una declaración sigue siendo una clasificación incorrecta, con lo que eso implica en tiempos y en correcciones. Y sí, la máquina láser paga exactamente lo mismo que la impresora: 12 %, sin ninguna diferencia. Si estás eligiendo entre las dos tecnologías de láser, eso se decide antes de la aduana y lo comparamos en láser de diodo frente a CO₂.

Los 500 dólares que sí cubren la máquina

Aquí es donde Guatemala cuenta distinto a su vecino del sur, y a favor del importador. En Costa Rica el viejo umbral de USD 500 libres de impuestos se estrechó tanto en 2021 que una compra por internet ya no encaja; en Guatemala, el régimen de importación menor con declaración de oficio conserva un umbral de USD 500 por debajo del cual no se pagan tributos, y ese umbral sí cubre una impresora doméstica.

Las máquinas de entrada —las que arrancan en torno a los 200 dólares, como una Bambu Lab A1 mini o una Ender de gama básica— entran por debajo del umbral sin tributos, siempre que el valor CIF (mercancía más flete más seguro) se quede por debajo de la línea. Una de gama media, un combo con AMS o un paquete con varios carretes de filamento lo cruza con facilidad, y ahí es donde entra en juego el 12 % del apartado anterior.

Dos precisiones que pesan más que la cifra:

  • El umbral cubre el envío, no una suma de envíos. No es un cupo anual que se va gastando: es un techo por operación. Fraccionar una compra grande en varias por debajo de 500 para esquivar tributos tiene un nombre técnico y la SAT lo vigila.
  • La regla se confirma con la SAT antes de cada operación. Un régimen de este tipo puede modificarse por acuerdo, y el umbral que verificamos hoy puede no ser el del día que llegue tu caja. La clasificación correcta y el régimen vigente los confirma el portal de la SAT en el momento.

Lo que no cambia con el umbral es la clasificación: la máquina entra igualmente en 8485.20 con arancel cero. Lo que decide si pagas o no es si el valor CIF se queda por debajo de la línea; lo que decide cuánto pagas si te pasas es solo el IVA del 12 %.

El agente aduanero lo decide la modalidad, no el monto

La misma confusión costarricense aparece aquí con otro número: en foros se lee que «a partir de USD 1 000 necesitás agente aduanero». La cifra existe, pero es de otra cosa, y mezclarla produce las dos creencias equivocadas a la vez.

La regla del CAUCA, que es centroamericana, no fija un umbral de dinero para el agente. Lo que hace es distinguir por cómo entra la mercancía:

  • Por courier o por correo: el despacho se hace por declaración simplificada y la intervención del agente aduanero es optativa, a cualquier valor. Sí, también en un envío caro.
  • Por importación definitiva: es obligatoria desde el primer dólar. Sí, también en un envío barato.

El umbral de USD 1 000 que circula es el techo del despacho simplificado, no la frontera a partir de la cual aparece el agente. Confundir las dos cosas lleva a creer que por debajo de mil dólares nunca hace falta y por encima siempre, y las dos mitades son falsas. La pregunta práctica antes de comprar no es «¿cuánto vale mi máquina?», es «¿por qué puerta va a entrar?». De ahí sale el trámite, quién lo hace y cuánto cobra el courier por gestionarlo —que no es un tributo y no está en ninguna ley.

Qué mirar antes de darle a comprar

Las seis comprobaciones
  • El valor CIF, no el precio de la tienda. Mercancía más flete más seguro. Sobre ese total se calcula todo, y el flete de una impresora voluminosa no es despreciable.
  • Si tu máquina cabe en el umbral de USD 500, no pagas tributos. Si lo cruzas, presupuesta con 12 %: es el número firme y sin sorpresas.
  • Desconfía de cualquier cálculo que traiga IPRIMA. Si el resultado ronda el 20 %, la herramienta está resolviendo la importación de un vehículo, no de tu máquina.
  • Confirma la clasificación el día de la operación. Un arancel se modifica por resolución y sin aviso previo; los códigos de esta página son los que verificamos, no una garantía a futuro.
  • Suma lo que cobra el courier por gestión. No es un tributo, no está en ninguna ley y a veces pesa más que el IVA cuando el envío es pequeño.
  • Compara con el precio local. Total nacionalizado contra el mismo modelo comprado en el país, con factura y garantía. El repuesto que tengas que volver a importar por tu cuenta suele decidir la comparación.

Y una advertencia que solo se entiende cuando ya tienes la máquina en casa: el gesto legal que acabas de ver en la aduana no se repite en el recibo eléctrico, pero aparece otra sorpresa. En la luz, la diferencia entre las tres distribuidoras del país es mayor que el promedio nacional, y la Tarifa Social subsidia el consumo bajo con un techo que conviene no cruzar. Lo desmenuzamos en cómo se compone el recibo de luz guatemalteco si imprimes en 3D.

Si aún estás eligiendo modelo, esa decisión no la manda la aduana: tienes el panorama por rango de precio en las mejores impresoras 3D por presupuesto, y lo que cuesta cada pieza una vez que la máquina está encendida, en cuánto cuesta imprimir en 3D. Todo lo que solo aplica de este lado del mapa lo reunimos en la edición guatemalteca de Ruta 3D.

Nota

Queda dicho, porque toca: esto es información, no asesoría aduanera. No sustituye a un agente aduanero ni a una consulta formal a la SAT, y aquí no se explican maneras de pagar de menos, que es donde termina la información y empieza otra cosa.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga por importar una impresora 3D a Guatemala?

Doce por ciento del valor CIF, sin más, cuando la máquina entra por la vía formal y el arancel del CAUCA es 0 %. El IVA del Decreto 27-92 se calcula sobre el CIF más el arancel: con arancel cero, la base es el CIF pelado y el total sale a 12 % clavado. Sobre un valor CIF de USD 1 000 son USD 120 de tributos. El número es idéntico para una impresora de filamento, una de resina, una de metal y una máquina de corte láser, porque las seis líneas arancelarias implicadas están todas a cero. El IPRIMA que suman algunas calculadoras no aplica a máquinas: grava solo la primera matrícula de vehículos. Y por debajo de USD 500, una máquina doméstica puede entrar por el umbral de importación menor del CAUCA sin pagar tributos.

¿Es cierto que hay que pagar IPRIMA al importar?

No para una impresora 3D ni para una máquina láser. El IPRIMA, Impuesto Específico a la Primera Matrícula, grava la primera inscripción en el registro fiscal de vehículos automotores terrestres: la tasa va del 5 % al 20 % según el tipo y la antigüedad del vehículo. Las calculadoras aduaneras genéricas que circulan lo suman a todo envío por defecto, y por eso devuelven un número que asusta; en una máquina de fabricación aditiva o de corte láser el concepto no existe. Si una liquidación te lo cobra, la clasificación está mal.

¿Entran las impresoras 3D por el envío libre de impuestos de 500 dólares?

Sí, mientras la máquina quepa en ese valor. A diferencia de lo que ocurre en Costa Rica, donde el régimen viejo de USD 500 se estrechó en 2021 hasta dejar fuera las compras por internet, en Guatemala la importación menor con declaración de oficio conserva un umbral de USD 500 por encima del cual sí se pagan tributos y por debajo del cual no. Una impresora doméstica de entrada —las que arrancan en torno a los 200 dólares— entra por debajo del umbral; una de gama media o un combo con AMS lo cruza con facilidad. El detalle importa: el umbral cubre la máquina, no una suma de envíos, y se confirma con la SAT antes de cada operación.

¿Necesito un agente aduanero para traer mi impresora a Guatemala?

Depende de la modalidad, no del monto. Por courier o por correo el despacho se hace por declaración simplificada y la intervención de un agente es optativa; por importación definitiva es obligatoria desde el primer dólar. La diferencia con Costa Rica no está en la regla, que es la misma del CAUCA centroamericano, sino en que en Guatemala una impresora doméstica puede entrar por la vía menor, donde el trámite es más liviano. La pregunta práctica antes de comprar no es cuánto vale la máquina, sino por qué puerta va a entrar: de ahí sale el trámite, quién lo hace y cuánto cobra el courier por gestionarlo, que no es un tributo.

Sigue por aquí

El trámite se paga una vez; la luz se paga en cada impresión

Con la máquina en casa, la cuenta que se repite es la del recibo eléctrico, y aquí depende de la distribuidora.

Ver la tabla por distribuidora